HOMENAJE A BRUNO TRENTIN (6) LIBERTAD Y CONFLICTO SOCIAL
Bruno Trentin con su madre, la signora Beppa.
Nota Editorial. Seguimos con la serie Trentin. Este ensayo forma parte también del último libro de nuestro amigo, “La libertá” viene prima. La traducción es de un servidor y en su día el propio autor le dio el visto bueno. Se informa a los amigos, conocidos y saludados que todos estos trabajos se encuentran en el blog que en 2005 creamos para celebrar el ochenta cumpleaños del gran sindicalista italiano: http://baticola.blogspot.com Habla Bruno Trentin.
La libertad ha sido la apuesta en la historia del llamado conflicto distributivo. Es este dato (la rediscusión de la remuneración del trabajo, mediante la acción colectiva organizada y la respuesta del indivisible principio de autoridad, como prerrogativa del derecho de propiedad) lo que no han comprendido no sólo enteras generaciones de filántropos sino también muchos observadores y actores sociales y reformadores. Todos ellos pensaron que la mejor distribución de la renta, a través de algún “resarcimiento” externo al centro de trabajo, era lo mejor, aunque a cambio de negar las libertades primordiales como posible respuesta a las decisiones de quien dispone tanto de la autoridad como del monopolio de la formación y del conocimiento[i].
Verdaderamente, ya en los orígenes del conflicto social organizado, el movimiento obrero y los legisladores (primero liberales y después socialistas) buscaron, ante todo, redefinir y ampliar los derechos de ciudadanía de los trabajadores subordinados. Las leyes sobre el trabajo nocturno, sobre el trabajo de las mujeres y los niños, el reconocimiento del derecho de coalición (el sindicato) y de huelga… hasta la conquista gradual del sufragio universal, han contribuido de manera determinante a extender los espacios de libertad en las sociedades modernas. Y, con esta, también han contribuido los derechos de ciudadanía de los trabajadores (ante todo, en el diálogo con el Gobierno) como, por ejemplo, el derecho a la instrucción pública y a la protección en caso de desempleo y enfermedad que, de alguna manera, han reequilibrado los términos del conflicto social en los mismos centros de trabajo. Aunque sin oscurecer el principio de propiedad-autoridad que, en el interior de la empresa, regulaba las formas de prestación del trabajo asalariado.
Sigue en LA LIBERTAD. LA APUESTA DEL CONFLICTO SOCIAL
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