El profesor Gerardo Pisarello define las conquistas del Estado de bienestar como «bienes democráticos». Esto es, les da un tratamiento similar a los derechos que –como las libertades políticas, civiles y sociales-- están contemplados en la Constitución. Quedamos, pues, en que unos y otros son bienes democráticos. Lo que me lleva a la siguiente consideración y, posterior, propuesta.
Sería impensable (al menos por ahora) que un gobierno, por muy termidoriano que fuera, intentara abolir o “privatizar” determinados derechos constitucionales –ciertos bienes democráticos como, por ejemplo, la libertad de expresión o el ejercicio de la huelga-- sin modificar la Constitución. Puesbien, siguiendo a Pisarello ¿por qué los gobiernos tienen manga ancha y discrecional para proceder a privatizaciones, a golpe de decreto, al devastamiento de amplias parcelas del Estado de bienestar y sus bienes democráticos?
Así pues, la Constitución requiere se modificada: necesitamos que los «bienes democráticos» del Estado de bienestar sea blindados al igual que los otros de naturaleza, digamos, inmaterial.