Nota. En esta entrada se da continuidad al debateentre Isidor Boix y Carlos Mejía sobre la relación entre sindicalismo y política(1).
EstimadosIsidor y Carlos:
Estoy en pensando en los contenidos de vuestrafraternal controversia acerca de lo que genéricamente podríamos llamar larelación entre el sindicalismo y la política. A mi juicio el debate que habéisabierto me parece importante y oportuno. Importante por sus contenidos, connotables contrastes en vuestras posiciones, y oportuno por muchas razones sobrelas que no me entretengo. Con vuestro permiso me tomo la libertad de entrar enesa discusión que siempre me ha parecido fascinante.
Utilizáis los términos “dependencia” y, en surespuesta, Isidor habla de “interdependencia”. Mientras que digiero elcontenido global de la discusión mepermito introducir algunas variables en la función central de lo que habéisdicho hasta la presente. En concreto, plantearé algunos asuntos de la autonomíasindical, entendida en esta ocasión como conjunto de reglas propias, de normasobligatorias y obligantes del sindicalismo, esto es, como auto nomós. Por unarazón, en lo atinente a la independenciao interdependencia, las normas estatutarias de la casa sindicalsuelen ser genéricas y tres cuartos de lo mismo se puede decir de los códigosde comportamiento, que tanto pueden servir para un cosido como para unplanchado. Así pues, ¿podemos convenir que una condición –no digo suficiente,pero sí necesaria— de la personalidad del sindicato en su relación(independiente o interdependiente) con la política es su capacidad de crearunas normas que garanticen su propia personalidad.
Entro en materia: ¿necesita el sindicato entrar enuna fase de mayor acumulación de democracia, esto es, ser un sujeto quefrecuente con más asiduidad y claridad los hechos participativos? Comoquieraque la pregunta es retórica, es decir, la respuesta es afirmativa, voy derechoal grano.
Primero. Soy del parecer –y lo he escrito enanteriores ocasiones— que hay que fijar unas reglas (insisto: obligatorias yobligantes) que definan el vínculo entre la estructura sindical y el conjuntode trabajadores en todo el itinerario de cualquier tipo denegociaciones, ya sean convenios de cualquier ámbito o las que denominamos ennuestra jerga de concertación. Hablode vínculo entre estructuras y los trabajadores porque en todos aquellos paísesdonde el sindicato negocia con efectos ergaomnes los afectados por la firma de lo acordado debería pintar algo.Téngase en cuenta que tener el monopolio de la negociación por ley debe teneralgún contrapeso.
Hasta ahora nos hemos acostumbrado a que los gruposdirigentes elaboren la plataforma reivindicativa –con mayor o menoracierto-- a palo seco. Y se podríadecir lo mismo del momento de la firma o de la ruptura de negociaciones. Conuna salvedad chocante que parece ser un vicio muy extendido: para decir que no vale la opinión de Pedro y Pablo (dospersonajes imaginarios en este caso, pero reales en la vida misma), mientrasque para responder afirmativamente hay quien exige un baño democrático. Trescuartos de lo mismo ocurre cuando hay que convocar el conflicto: para llamar a lahuelga nos basta con la decisión tomada por Antonio y Agustín (dos personajestambién imaginarios en estos casos), para desconvocarle se exige también otrobaño democrático. ¿Por qué introduzco en vuestra discusión estos temas? Por lasencilla razón de que el conflicto no es algo contingente a las necesidades dela política; el conflicto se hace en función de lo que el sindicato interpretacon su propia cabeza y en interés de los trabajadores. También porque elcarácter híbrido de la negociación colectiva (que expresa parcialmente laalternatividad del sujeto social) tampoco es algo contingente a las necesidadesde la política.
Segundo. Siempre me batí porque existieran normasacerca de las incompatibilidades entre el cargo sindical y el cargo político. Estoes, que una misma persona no pudiera ostentar simultáneamente puestos dedirección sindical y dirección política en el partido al que se pertenece. Mefueron las cosas fáciles en Catalunya, aunque no tanto (porque tardó lo suyo)en el conjunto de España. Al final se consiguió yo creo que por agotamiento y,todo hay que decirlo, sin mucho entusiasmo. En honor a la verdad esto de lasincompatibilidades está ahora asumido de manera natural. La pregunta es: ¿no esesto también un elemento que simboliza (o que puede simbolizar) laindependencia del sindicato?
Acabo (provisionalmente): la ausencia de normas paradeterminados aspectos repercute en un poder discrecional de los gruposdirigentes en todas sus expresiones, y en cierta medida despotencia el interéscolectivo en la necesaria democracia participativa del sindicato. Así lascosas, la tendencia del cuius regio eiusreligio (los súbditos deben tener la religión del príncipe) no puedeconsolidarse más sino que, al contrario, debe ser enviada al círculo infernaldantesco que corresponda.
Como diría nuestro Anselmo Lorenzo, Vuestro en laIdea, JLLB
Isidor Boix http://lopezbulla.blogspot.com/2012/03/sindicato-y-la-politica-sigue-la.html